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1.- ¿Que es la MORATORIA DE LA HIPOTECA de la que se está hablando?
Se trata de una refinanciación de la Hipoteca que tiene usted suscrita con su banco, por la compra de su vivienda habitual.
2.- ¿Que significa refinanciar?
Refinanciar significa que usted deja de pagar una determinada cantidad en estos momentos, pero se compromete a pagarla en un futuro, no se perdona la deuda, simplemente se pacta el pagarla en un plazo más largo.
3.- ¿Que cantidad puedo refinanciar?
Se puede refinanciar hasta el 50 % de la cuota mensual que paga usted, con un máximo de 500 € mensuales.
4.- ¿Que necesito para poder solicitar la moratoria?
Se deben reunir una serie de requisitos mínimos para poder solicitar la moratoria, que son los siguientes:
Requisitos comunes:
• En primer lugar, encontrarse al corriente de las cuotas de la hipoteca, es decir, no deber ninguna mensualidad al banco. • Tener suscrito el préstamo antes del 1 de septiembre de 2008. • La hipoteca no debe superar los 170.000 €. • El préstamo tiene que ser para vivienda habitual o primera vivienda. • El límite máximo que se dejará de pagar será de 500 € al mes. • A partir de marzo de 2012 se deberá empezar pagar la cantidad que se haya aplazado mediante un prorrateo -repartido entre mensualidades- en un periodo máximo de 10 años. Y uno de estos tres: • Ser trabajador por cuenta ajena y estar parado o perder el trabajo antes del 1 de enero de 2010. • Ser autónomo con cargas familiares que haya cerrado su negocio o que acredite pérdidas que reduzcan sus ingresos hasta tres veces el Indicador Público de Efectos de Renta Múltiple (IPREM), que está en 516 €, según Efe. • Pasar a ser pensionista de viudedad con cargas familiares, siempre que el fallecimiento que da derecho a la viudedad haya ocurrido una vez concertado el préstamo hipotecario, y en todo caso, después del 1 de septiembre de 2008.
5.- ¿Como puedo demostrar que estoy en alguna de estas situaciones para poder solicitar la moratoria?
• Si está en situación legal de desempleo, mediante un certificado expedido por el Servicio Público de Empleo Estatal (INEM) • si era trabajador autónomo o por cuenta propia, mediante un certificado que emite la Administración Tributaria (Hacienda), sobre la base de su cese de actividad (La baja Censal) • Si es usted un trabajador autónomo con ingresos íntegros inferiores al importe mensual del IPREM (menos de 1548 € al mes), mediante certificado de la declaración del responsable, efectuada por el trabajador ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (Hacienda) • en caso de viudedad, certificado emitido por el correspondiente organismo de la Seguridad Social. 6.- ¿Donde la puedo solicitar?
En la entidad donde usted tiene la hipoteca, siempre y cuando sea una de las entidades que hayan suscrito el convenio con el ICO, que en la actualidad son las siguientes: BANCA MARCH BANCA PUEYO BANCAJA BANCO CAIXA GERAL BANCO COOPERATIVO ESPAÑOL BANCO DE SABADELL BANCO DE VALENCIA BANCO GALLEGO BANCO GUIPUZCOANO BANCO PASTOR BANKOA BBK BBVA CAIXA D'ESTALVIS COMARCAL DE MANLLEU CAIXA D'ESTALVIS DE MANRESA CAIXA D'ESTALVIS DE TARRAGONA CAIXA D'ESTALVIS DEL PENEDES CAIXA D'ESTALVIS LAIETANA CAIXA GALICIA CAIXA GIRONA CAIXA RURAL TORRENT, COOP.VALENCIANAS CAIXANOVA CAIXATERRASA CAJA DE AH. DE SANTANDER Y CANTABRIA CAJA DE AH. Y M.P. DE GIPUZKOA Y SAN SEBASTIAN – KUTXA CAJA DE AHORROS DE MURCIA CAJA DE AHORROS DE ONTINYENT CAJA DE AHORROS DEL MEDITERRANEO CAJA DE AHORROS INMACULADA CAJA DE AHORROS Y M.P. DE NAVARRA CAJA DE AVILA CAJA DE BALEARES "SA NOSTRA" CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES CAJA GENERAL DE AHORROS DE CANARIAS CAJA GRANADA CAJA INSULAR DE AH. DE CANARIAS CAJA RURAL ARAGONESA Y DE LOS PIRINEOS - MULTICAJA CAJA RURAL CENTRAL, SCC. CAJA RURAL DE ARAGÓN,SCC. CAJA RURAL DE ASTURIAS CAJA RURAL DE BURGOS CAJA RURAL DE CANARIAS CAJA RURAL DE CIUDAD REAL, SCC. CAJA RURAL DE EXTREMADURA CAJA RURAL DE GRANADA, SCC. CAJA RURAL DE JAEN, BARCELONA Y MADRID,SCC. CAJA RURAL DE NAVARRA, SCC. CAJA RURAL DE TERUEL, SCC. CAJA RURAL DE ZAMORA, COOP.DE CREDITO CAJA RURAL DEL SUR, SCC. CAJA VITAL KUTXA CAJAMADRID CAJAMAR CAJARURAL, SCC. CAJASIETE, CAJA RURAL, SCC. CAJASOL IBERCAJA IPAR KUTXA RURAL, SCC. LA CAIXA SANTANDER CAJA DE AHORROS DE LA RIOJA UNICAJA
7.- ¿Puedo pedir la moratoria en otra entidad?
NO. Solo se puede solicitar en la entidad donde usted tenga su hipoteca en la actualidad.
8.- ¿Podría ponerme un ejemplo de como quedaría mi hipoteca en caso de optar por la moratoria y que esta me fuera concedida?
Claro. Supongamos que usted paga unos 1,000 € mensuales de hipoteca en la actualidad. Con la moratoria usted pasaría a pagar 500 € mensuales durante los dos próximos años, pero finalizado este plazo pasaría a pagar (aproximadamente, habría que ver la cantidad que está pendiente de pagar y el plazo de la hipoteca) unos 97 € más al mes, más los intereses de las cantidades aplazadas (es decir, si se hubiera utilizado la totalidad del plazo, 12,000 €) es decir, pasaría a pagar más de 1,100 € al mes después de finalizada la moratoria.
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