top
logo


Permiso de conducir PDF Imprimir E-mail
1.- No soy comunitario, y tengo permiso de conducir de mi país. ¿Puedo conducir en España?

En determinados casos sí, pero no en todos.

Para que sea válido, debe reunir una de las siguientes condiciones:

  • Que esté expedido de conformidad con el anexo 9 de la Convención de Ginebra o con el Anexo 6 de la Convención de Viena.
  • Que esté redactado en castellano o vaya acompañado de una traducción oficial del mismo.
  • Los reconocidos en convenios particulares internacionales en los que España sea parte.
2.- ¿Qué validez tiene este permiso?

Será válido cuando:

  • Su titular tenga la edad mínima para conducir en España.
  • El permiso esté en vigor en su país de origen.
  • No hayan pasado más de seis meses desde que su titular haya adquirido la residencia regular en España. Pasado este período tu permiso pierde su validez, y para seguir conduciendo, deberás obtener un permiso de conducir español.
3.- Para obtener un permiso de conducir español, ¿tengo que examinarme?

Sí. Debes pasar las mismas pruebas que un español, menos en el caso de que haya suscrito un convenio entre España y tu país para canjear estos permisos.

4.- ¿Qué países tienen suscrito convenios con España?

Actualmente:

ANDORRA, SUIZA, COREA, JAPÓN, BULGARIA, ARGENTINA, COLOMBIA, ECUADOR y MARRUECOS.

5.- Tengo un carné profesional, ¿deberé pasar algún tipo de prueba?

Si es de un país con el que no hay convenio, sí.

Para los de siguientes países: BULGARIA, ARGENTINA, COLOMBIA, ECUADOR, PERÚ, RUMANIA Y URUGUAY, se exigirá la realización de pruebas adicionales que dependerán del país de origen.

6.- El permiso de conducir INTERNACIONAL, ¿es válido en España?

Sí que lo es, pero TEMPORALMENTE. Sólo tiene validez por un año.

Este permiso es necesario para poder conducir por el territorio de países que no sean miembros de la Unión Europea y que no hayan adoptado el modelo de permiso previsto en los convenios de Ginebra o Viena.
 
7.- ¿Dónde puedo conseguir el permiso INTERNACIONAL?

En tu país de origen, ya que si se expide en España, NO AUTORIZA A CONDUCIR EN ESPAÑA

Para conseguirlo, debes tener un permiso de conducir vigente.

8.- Soy comunitario, y dispongo de permiso de conducir de mi país. ¿Puedo conducir con él en España?

Sí, pero si deseas fijar tu residencia permanente en España, deberás presentarte en la Jefatura Provincial de Tráfico del lugar donde residas antes de seis meses, contados desde la fecha en que obtuviste tu residencia formal en España, para que se te inscriba en el Registro Central de Conductores e Infractores

A partir de ese momento, quedarás sometido al reconocimiento de tus aptitudes en las mismas condiciones que los españoles.

Podrás solicitar en cualquier momento el canje del permiso de tu país, por uno español.

9.- Soy marroquí. ¿Cómo puedo cambiar mi permiso de conducir marroquí por uno español?

Debes tener residencia legal en España, es decir, disponer de un permiso de residencia o de residencia y trabajo.

Puedes llamar al teléfono 902 300 175 para solicitar cita previa en tráfico para facilitar los trámites.

En el momento de solicitar cita, deberás dar tu número de NIE, número de permiso de conducir marroquí y el lugar y fecha de expedición.

Cuando vayas a tráfico, el día para el que te hayan dado cita, deberás llevar:

  • pasaporte
  • tarjeta de residencia
  • permiso de conducir marroquí (que te será retirado y devuelto a Marruecos)
  • certificado médico
  • dos fotografías.
10.- ¿Podré conducir todos los vehículos?

No. Sólo será válido el canje para los permisos de conducir motos y coches hasta 3500 Kg. Para conducir otros vehículos, como camiones, autobuses, ambulancias, etc deberás hacer un examen teórico de conocimientos específicos.
 

Suscríbete


Introduce tu correo electrónico para recibir periódicamente información sobre nuestro trabajo.


¿Acepta HTML?
Podrás darte de baja en cualquier momento clicando un enlace de los correos que recibas.


bottom

Potenciado por Joomla!. Designed by: Free Joomla Themes, hosting. Valid XHTML and CSS.